Barranco Cortés sobre sentencia que rechazó escrituración por falsificación y adulteración de instrumentos
Comunicado del Juzgado Civil y Comercial N° 4

La jueza Civil y Comercial N° 4 de
Resistencia, María Eugenia Barranco Cortés, con motivo de
manifestaciones realizadas a la prensa en el día de la fecha por Carlos
Hernán Maximiliano Zambelli, hace saber: Que el mismo inició demanda de
escrituración contra los herederos de quienes en vida fueran Armando
Gaitán y Liceria Adelina García, alegando la compraventa del inmueble
realizada el 15/01/2002, en base a la presentación de un boleto de
compraventa. La causa tramitó en el Juzgado a mi cargo, por Expte. N°
660/2012, y cuenta con sentencia firme de la Sala Primera Civil,
Comercial y Laboral del Superior Tribunal de Justicia del Chaco que
confirmó los fallos de primera instancia y apelación que rechazaron la
demanda de escrituración por él promovida, habiéndose garantizado el
derecho de defensa y los recursos procesales previstos por la ley.
Sentencia de primera instancia
Mediante
la sentencia definitiva dictada el 5 de junio de 2019 la suscripta
rechazó la demanda de escrituración impetrada por Zambelli con
fundamento en la contundente evidencia de falsificación y adulteración
de los instrumentos presentados como prueba, habiendo la prueba pericial
documentológica, determinado que las firmas insertas en la fotocopia
certificada del boleto de compraventa cuestionado no fueron puestas de
su puño y letra por Liceria Adelina García y Armando Gaitán.
Sentencia de la Cámara de Apelaciones
Zambelli
interpuso recurso de apelación y nulidad del pronunciamiento. El 1 de
julio de 2020, la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y
Comercial, luego de una exhaustiva revisión de la causa, consideró que
la valoración de la prueba efectuada por la suscripta se ajustó a
derecho, y confirmó la sentencia de primera instancia que había
rechazado la demanda de escrituración.
Sentencia de la Sala Civil del STJ
Disconforme
con la resolución de la Cámara, Zambelli interpuso un recurso
extraordinario de inconstitucionalidad. El 26 de marzo de 2021, la Sala
Civil del Superior Tribunal de Justicia emitió la sentencia N° 48,
mediante la cual confirmó los argumentos expuestos en las instancias
anteriores, destacando la validez de las conclusiones de la pericia
documentológica que reveló la falsedad de los instrumentos, por lo cual
rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto, quedando de esta
forma firme la sentencia que rechaza la escrituración.
Fuente Area de Prensa PJCH.-