Fallo inédito confirma cobertura integral de un tratamiento para un niño con acondroplasia
Comunicado de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

La
Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de
Resistencia, a cargo de los jueces Fernando Heñin y Diego Derewicki,
confirmó la sentencia de primera instancia que ordena a una empresa de
medicina prepaga a cubrir en un 100% el tratamiento de un niño con un
trastorno genético que afecta al crecimiento de sus huesos.
El medicamento, muy
costoso, había sido otorgado durante tres años bajo medida cautelar, con
resultados clínicos que demostraron su eficacia en la mejora de la
calidad de vida del menor de edad. Ahora, con la confirmación de la
Cámara, la cobertura queda consolidada en el marco de un precedente
judicial sin antecedentes en el país.
Al respecto, los
jueces afirmaron que el accionante presentó "un crecimiento sostenido
por encima de los estándares específicos para niños con acondroplasia,
al tiempo que mejoró en la proporcionalidad de segmentos corporales,
resultando de los informes médicos a disposición cambios positivos en su
calidad de vida".
Además, destacaron que
el caso reúne condiciones excepcionales, al tratarse de un niño con
discapacidad en situación de vulnerabilidad, y subrayaron que el derecho
a la salud no se reduce a la mera supervivencia, sino que debe
garantizar también la dignidad y autonomía personal.
"El derecho a la salud
no se restringe ni se reduce a la mera supervivencia biológica del ser
humano, sino que se orienta y enfoca en arribar a los niveles de
bienestar físico y psíquico necesarios para que la persona se desempeñe
apropiadamente como individuo, en familia y en sociedad", señalaron.
Al mismo tiempo, la
Cámara instó al Estado Nacional a asumir un rol activo a través del
Fondo Solidario de Redistribución, dada la magnitud del costo del
tratamiento. Este aspecto cobra especial relevancia porque recientemente
el medicamento fue incorporado al Programa Médico Obligatorio (PMO), lo
que obliga a su cobertura para todos los pacientes con la misma
patología en Argentina.
Fuente Area de Prensa PJCh.-