Condenan a un hombre por acoso callejero contra una joven estudiante

Comunicado del Juzgado de Faltas de Resistencia



En
una sentencia con perspectiva de género, el Juzgado de Faltas de
Resistencia condenó a un hombre a 30 días de arresto de cumplimiento
efectivo por infracción al artículo 69, incisos b) y c) del Código de
Faltas de la Provincia del Chaco, al haber acosado a una joven de 19
años cuando se dirigía a la facultad.

 

La
jueza, Marcela Cortes, ordenó a la Policía del Chaco su detención y
dispuso que el condenado asista al Programa de Asistencia a Varones que
hayan ejercido patrones abusivos, hechos de discriminación y violencias
de todo tipo, dependiente del Centro de Salud de Villa Pegoraro.

 

El
hecho ocurrió en octubre de 2024, en la intersección de las calles
Güemes e Yrigoyen, cuando el hombre acosó a la mujer, la siguió y se
detuvo frente a un local comercial donde ella buscó refugio. La conducta
fue corroborada por testimonios y material fílmico incorporado a la
causa.

 

La
magistrada remarcó además que: "Solamente las mujeres sabemos lo que es
ser víctimas en lugares públicos... Nosotras sabemos perfectamente
cuándo una mirada no es inocente... Pasaron años para que se
criminalicen conductas como la aquí juzgada, siempre el mismo patrón:
las víctimas son mujeres jóvenes, adolescentes y en la vía pública".

 

Asimismo,
reflexionó sobre la necesidad de erradicar los estereotipos que
responsabilizan a las mujeres por la violencia sufrida: "Es lamentable
tener que escuchar luego de tantas luchas de reivindicación de derechos
que una joven mujer tenga que afirmar como deslindando su culpa por el
acoso callejero recibido la manera en que estaba vestida (...). Me
pregunto, ¿hasta cuándo seguirán cosificando el cuerpo de las mujeres?
¿Hasta cuándo, en una situación de violencia, se hablará de lo que
vestimos?".

 

La
sentencia también da cuenta del impacto emocional que el hecho tuvo en
la víctima: "...refirió que entró asustada al local comercial, que una
compañera la contuvo y la acompañó hasta la facultad, donde llegó
llorando y con un ataque de pánico. Su madre declaró que la encontró
contenida por personal docente, nerviosa y temblando".

 

Cuando
declaró ante el tribunal, la joven explicó su motivación para
denunciar: "Que no vuelva a ocurrir este hecho, ni conmigo ni con otras
chicas. No quiero volver a ver a este señor".

 

El
fallo, dictado con perspectiva de género, destacó que esa conducta se
enmarca en un contexto de violencia de género bajo la modalidad de acoso
callejero, conforme a la Ley 26.485 de Protección Integral para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y la
Convención de Belem do Pará, por tratarse de un acto que afectó la
integridad, dignidad y libertad de la víctima.

 

Finalmente,
el Juzgado dispuso la difusión del fallo conforme a las Reglas de
Heredia, como medida de prevención y sensibilización social, y en
cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Estado
argentino en materia de derechos humanos y erradicación de la violencia
de género.


Fuente Area de Prensa PJCH.-