El STJ confirmó sentencia que ordena capacitación continua y obligatoria en temas de género y violencia contra las mujere
Sentencia N° 214

El Superior Tribunal de Justicia
conformado por el juez Alberto Mario Modi, la jueza Iride Isabel María
Grillo, el juez Víctor Emilio del Río y la jueza Emilia María Valle
confirmó la sentencia 04/23 dictada por la Sala Primera de la Cámara en
lo Contencioso Administrativo.
Luego de analizar la Convención Belém do Pará de Eliminación de todas
las formas de violencia contra la mujer, su ley reglamentaria 26.845,
la ley “Micaela” y “Natalia Samaniego”, en su resolución determinaron la
obligatoriedad de las capacitaciones en temas de género y violencia
contra las mujeres en todos los estamentos de la función pública.
Asimismo, confirmaron que las medidas preventivas en caso de
violencia pueden tomarse en cualquier etapa del proceso, incluida la
sentencia (Ley 26,845, art. 26).
De igual manera, y conforme la jurisprudencia de la Corte IDH “Campo
Algodonero”, afirmaron que la capacitación en temas de género debe
extenderse en el tiempo, como un sistema de formación continua para
cumplir sus objetivos.
Al mismo tiempo, señalaron que las medidas de capacitación en temas
de género y violencia contra las mujeres, son necesarias, adecuadas y
justas para el caso concreto, donde si bien el objeto de la acción fue
cumplido, no pueden obviarse las circunstancias de violencia laboral
acreditadas que rodearon el caso y que deben tenerse presentes a fin de
evitar y prevenir nuevas situaciones de este tipo.
En ese contexto exhortaron a “contribuir a un adecuado ejercicio de
sus funciones, velando por la continua capacitación en los términos de
la ley 2997-G, así como la elaboración de mecanismos de prevención,
protección y denuncia de casos de violencia de género, laboral,
institucional en el ámbito propio del Tribunal de Cuentas”.
Fuente Area de Prensa PJCH.-